Resumen
La Orden PJC/804/2025 actualiza la normativa estatal sobre adaptaciones y ajustes razonables para personas con discapacidad en los procesos selectivos de empleo público. Sustituye a la orden de 2006 y establece criterios unificados para garantizar la igualdad real de oportunidades.
La Orden PJC/804/2025 actualiza el marco estatal sobre ajustes razonables en los procesos selectivos de empleo público, sustituyendo la normativa de 2006.
La nueva orden establece: quién puede solicitar adaptaciones (personas con discapacidad reconocida y aspirantes con necesidades específicas acreditadas), qué medidas pueden concederse (ampliaciones de tiempo, tecnologías de apoyo, formatos accesibles, intérpretes, asistentes y ajustes de espacio) y cómo deben solicitarse y valorarse.
La norma introduce un baremo orientativo para los incrementos de tiempo y exige una valoración individualizada por parte de los tribunales, con el objetivo de garantizar procesos accesibles, coherentes y basados en la igualdad de oportunidades.
Para los técnicos de apoyo educativo en las universidades, esta norma es útil como referencia para orientar al estudiantado que se prepara para oposiciones, ya que unifica criterios y ofrece un marco previsible de adaptaciones. Entre los beneficios: facilita la transición del alumnado con discapacidad al empleo público, mejora la coherencia entre apoyos académicos y selectivos, y refuerza el papel del técnico como asesor. Sin embargo, también presenta algunos retos: la decisión final de la adaptación depende del tribunal, lo que puede generar incertidumbre; no todas las adaptaciones académicas tienen equivalencia directa en las oposiciones.
En conjunto, la norma aporta claridad y respaldo profesional, pero no debe de ser contemplada como un recetario que pueda sustituir el conocimiento y experiencia de los profesionales de apoyo que deberán continuar velando por ofrecer medidas que den respuestas a las necesidades específicas de cada persona.
